Anuncios de AFIP para monotributistas

monotributo
Jueves 02 de Noviembre de 2017

 

 

Los monotributistas cuyo patrimonio supere los $ 3 millones deberán pasar al régimen general, según una iniciativa que analiza el Gobierno y que será incluida en la reforma impositiva que se enviará al Congreso.

El titular de la AFIP, Alberto Abad, confirmó ayer que se analiza fijar una restricción para la permanencia en el régimen: “Todo está bajo estudio, lo único que puedo confirmar es que en la propuesta que será enviada al Congreso habrá un límite patrimonial para los monotributistas".

Actualmente hay unos 3 millones de monotributistas inscriptos, de los cuáles están en la mira del organismo recaudador unos 700.000 de las categorías más altas, la cuarta parte del total.

 

En cuanto a los anuncios para los monotributistas, los mismos incluyen:

a) Plan de pagos vinculado a deudas originadas por exclusiones de oficio (por detectar la AFIP que el contribuyente ha excedido los máximos de uno o varios parámetros para su categorización)

La AFIP señaló que este plan fue pensado para regularizar la situación con el fisco por parte de quienes fueron excluidos de oficio por haber superado los parámetros de facturación o por inconsistencias con el cruce de gastos registrados en el sistema bancario y con uso de tarjetas de crédito y débito.

Para estos casos se dispuso la posibilidad de adherir a un plan de dos cuotas por cada mes adeudado, hasta un límite de 36 meses, y monto mínimo a pagar en cada caso de 1.000 pesos. También se estableció que "se deberá ingresar un pago a cuenta del 5% por IVA, Ganancias y aporte al régimen previsional como autónomo".

En todos los casos, para el período fiscal en curso se permitirá el cómputo de lo pagado en concepto de monotributo en la presentación de la Declaración Jurada Anual, previa inscripción en IVA, Ganancias y Autónomos.

b) Prórroga del plazo para adherir al domicilio fiscal electrónico que se extendió hasta el 20 de diciembre de 2017 (con posterioridad a esa fecha la AFIP bloqueará la constancia de monotributo).

c) Desde ahora quienes están obligados a facturar por vía electrónica (documentos con CAE) o hayan optado por este régimen, no deberán poseer un "talonario de respaldo ante inoperatividad del sistema" siempre que por su actividad no atiendan a consumidores finales, eliminándose un costo de operación que demostró ser innecesario para esos casos.

d) Quienes utilicen la Factura Electrónica podrán hacerlo desde un teléfono inteligente mediante la aplicación "Facturador Móvil", además de poder hacerlo a través de una computadora, accediendo al servicio con clave fiscal "Comprobantes en Línea" (disponible en el sitio web de AFIP).

 

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